Novedades:

Solicitud unilateral de divorcio según los términos del Nuevo Código Civil y Comercial (primera sentencia dictada durante la vigencia del nuevo código civil)


Solicitud unilateral de divorcio según los términos del Nuevo Código Civil y Comercial, primera sentencia de divorcio dictada durante la vigencia del Nuevo Código.



S. C. s/ divorcio

SENTENCIA JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 25 CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 

14 de Agosto de 2015

Id Infojus: NV12429


Poder Judicial de la Nación

Buenos Aires, 14 de agosto de 2015.-

I. Por presentado, parte y por constituido el domicilio.
   Por contestada la vista de fs. 6.-

II. En atención a lo solicitado por los cónyuges (v. fs. 6 y fs. 10), y a tenor de lo dispuesto por el articulo 437 del Código Civil y Comercial , DECRETO el divorcio de los cónyuges S.C. Y M.M.E., declarando disuelta la comunidad con retroactividad a la separación de hecho, en los términos previstos por el articulo 480 del mismo ordenamiento. Notifíquese. En atención a la modalidad de la pretición, costas por su orden (artículo 68 apartado 2º del CPCC).
Firme la prsente, líbrese oficio para su inscripción en la partida de fecha ........., circunscripción ....., tomo ........, número ............., año ..............., ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Acreditada la inscripción de la sentencia en autos, dese testimonio para ambas partes. Oportunamente archívese. Notifíquese personalmente o por cédula y al Ministerio Público en sus despachos.-

III. De la contrapropuesta, vista a la contraparte por el plazo de cinco días. Notifíquese.

Sin perjuicio de ell, a los fines previstos por el artículo 438 del Código Civil y Comercial de la Nación, fíjese audiencia para el día ...... de 2015 a las  ....horas, a la que deberán comparecer personalmente las partes con patrocinio letarado. Notifíquese y la Sr. Defensor de Menores e Incapaces en su despacho.-

Firmadao por: LUCAS C. AON JUEZ NAC. EN LO CIVIL.








No hay comentarios

Hola gracias por comentar!