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COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS.



COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS. (Variante del contrato tipo)


ARTÍCULO 1º: Con la denominación de COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS ... LTDA. se constituye una cooperativa de provisión de servicios de turismo, que se regirá por las disposiciones del presente estatuto y en toda aquello que éste no previera, para la legislación vigente en materia de cooperativa. -


ARTÍCULO 5º: La cooperativa se propone la realización de los siguientes fines: a) Facilitar el acceso de la corriente turística, contratando en forma parcial o total la locación de hoteles, pensionas, alojamientos y viviendas en general, en total beneficio del asociado, hasta lograr la estructura propia; b) Gestionar ante empresas de transportes oficiales o privadas la adquisición de pasajes para la obtención de rebajas; c) Adquirir o arrendar en forma transitoria o permanente solares o edificios para la utilización de los asociados; d) Exhibir en sus locales películas cinematográficas; e) Realizar conciertos musicales, conferencias y exposiciones; f) Fomentar el espíritu de solidaridad y ayuda mutua entre los asociados y cumplir una conciencia cooperativa.-


ARTÍCULO 9º: Podrá ser asociado de esta cooperativa toda persona da existencia visible que acepte el presente estatuto y reglamentos sociales y no tenga intereses contrarios a la misma. Los menores de más de 18 años de edad podrán ingresar a la cooperativa sin necesidad de autorización de quien ejerza la patria potestad y disponer por sí solos de su haber en ella. Los menores de menos de 18 años y demás incapaces podrán asociarse a la cooperativa por medio de sus representantes legales, pera no tendrán ni voz ni voto en las asambleas sino por medio de estas últimos.-

ARTÍCULO 55: Son deberes y atribuciones del Consejo de Administración: a) Establecer las secciones para el cumplimiento de los servicios sociales; b) Designar subcomisiones cuando lo considere necesario.-